Las billeteras virtuales se encuentran bajo un régimen de información establecido por la ARCA (Administración Federal de Ingresos Públicos) que requiere a las plataformas reportar ciertos datos cuando los movimientos o saldos de los usuarios superan umbrales específicos.
Según información oficial, la normativa establece dos límites diferentes según el tipo de titular. Para las personas humanas, el umbral es de $50.000.000, mientras que para las personas jurídicas se fija en $30.000.000.
Montos que Activan el Reporte a ARCA
Las plataformas de servicios de pago, incluidas las billeteras digitales, deben informar a ARCA cuando se cumple al menos uno de los siguientes parámetros:
Personas humanas: ingresos o egresos mensuales iguales o superiores a $50.000.000.Personas humanas: saldo final mensual igual o superior a $50.000.000.Personas jurídicas: ingresos o egresos mensuales iguales o superiores a $30.000.000.Personas jurídicas: saldo final mensual igual o superior a $30.000.000.
Desde abril de 2026, el régimen incluye información de todas las cuentas que debe reportar cada plataforma para determinar si el usuario alcanza los límites establecidos.
Información que Debe Suministrarse
Los datos que deben ser reportados incluyen la identificación de los titulares, la cantidad de cuentas asociadas, y los montos totales de ingresos y egresos, así como el saldo final mensual. La normativa también abarca movimientos que afecten el saldo disponible y que sean visibles para el usuario.
Consecuencias de Superar los $50 Millones
Superar el umbral de $50 millones no implica automáticamente una sanción de ARCA ni el bloqueo de la billetera virtual. Se trata de un régimen informativo donde se reportan datos al organismo, y no de una medida punitiva inmediata.
Las entidades financieras y billeteras pueden solicitar documentación adicional para verificar el origen de los fondos si una transacción no es acorde al perfil económico del cliente. Documentos como recibos de sueldo o facturas pueden ser requeridos en estos casos.
Es importante destacar que no existe un monto fijo por debajo del cual se garantice que una operación no será objeto de una solicitud de información. Los límites de ARCA son para el régimen informativo, mientras que los controles internos de las entidades siguen otros criterios.
Finalmente, para operaciones en moneda extranjera, ARCA requiere que se conviertan a pesos utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación al cierre del último día hábil del mes. Lo mismo aplica para criptomonedas, que deben ser convertidas a pesos según la cotización correspondiente.
Fuente: NA










